Los libros de bautismos están redactados en forma de acta, iniciándose con la fecha, tópica y crónica; sigue la expresión del título de la parroquia, y el de la villa o ciudad, a la que pertenece el bautizado. A la fecha, sigue el nombre del ministro del sacramento, y acto seguido se registra el nombre del bautizado. Se consignan la fecha, el día y el lugar del nacimiento, siguiendo el nombre y apellidos de los padres, con su naturaleza y vecindad y el estamento social al que pertenecen. A continuación se expresa el nombre, apellidos, naturaleza y vecindad de los abuelos, tanto paternos, como maternos, cerrándose, finalmente con el nombre y apellidos de los padrinos y la firma del ministro, que autoriza así el acta.\nCada partida lleva su número de orden. En el margen superior izquierdo suele ponerse el nombre y apellidos del neófito, debajo del cual, con el tiempo, se anotarán las notas marginales, que dejarán constancia del cambio de estado, no sólo en el caso de haber contraído matrimonio, sino de haber abrazado el estado religioso, o eclesiástico.\nEsta tipología documental, salvo contadas variantes, se mantiene a lo largo de los siglos desde su implantación por el Concilio de Trento, aunque en ocasiones se haya insistido más en unos aspectos, que en otros, como al referirse a la condición social de los padres, especificándose siempre al principio la pertenencia a la hidalguía, o a la nobleza. El título, en efecto, precediendo al nombre, era indicativo de la condición noble o hidalga de los interesados, mientras que su omisión tiene que ver con una condición plebeya, o villana. Esta diferencia empieza a dejar de señalarse a partir del siglo XIX e incluso con anterioridad, habiendo caído totalmente en desuso en la actualidad.\n
Signatura
L - 2396 - 26
Tipología documental
Prensa escrita
Condiciones de acceso al documento
Libre
Volumen
1 - L
Forma de ingreso
Canje
Notas de archivero
Descripción realizada por el Taller de empleo "El Arca de la Memoria". Carmen Canalejo Andújar.